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Impuestos y cotizaciones sociales para autónomos en España

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Los impuestos y cotizaciones sociales para autónomos en España se reparten en tres grandes bloques que pesan en conjunto entre el 25 % y el 45 % de la facturación según el nivel de actividad. La cuota mensual de la Seguridad Social, el IRPF (impuesto progresivo sobre la renta) y el IVA forman el corazón de la fiscalidad del trabajador independiente. A esto se suman obligaciones contables trimestrales estrictas que no perdonan los retrasos.

Este artículo explica con precisión cuánto vas a pagar como autónomo en España según tu nivel de ingresos, cómo se calculan los tres grandes impuestos, en qué fechas presentar cada modelo (303, 130, 100, 390), cómo optimizar legalmente tu carga fiscal vía las deducciones y qué errores evitar para no acumular deudas o sanciones.

¿Cuáles son los tres grandes impuestos que afectan a un autónomo?

Antes de entrar en detalle, esta es la foto de conjunto de la fiscalidad del autónomo.

El IRPF, impuesto sobre la renta progresivo

El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es el impuesto sobre la renta personal. Para el autónomo se aplica sobre el beneficio (ingresos menos gastos deducibles) según una escala progresiva que puede llegar al 47 % en marginal. Es la principal palanca fiscal y la que más depende del nivel de ingresos.

El IVA, repercutido y soportado

El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) no es un coste económico para el autónomo: lo repercutes en tus facturas y deduces el de tus compras profesionales. El saldo se ingresa a la Agencia Tributaria vía el modelo 303 trimestral. Pero el IVA pesa en tu tesorería entre el cobro y el ingreso.

La cuota mensual de Seguridad Social (RETA)

La cuota es el importe mensual que pagas a la TGSS por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Financia tu sanidad pública, tu pensión y tus prestaciones por enfermedad y paro. Desde 2023 se calcula por tramos basados en el rendimiento neto previsto. Para entender el sistema completo, mira cómo funciona la Seguridad Social española.

¿Cómo funciona el IRPF para los autónomos?

El IRPF es el impuesto principal sobre la renta personal y se aplica sobre el beneficio neto de la actividad.

El cálculo del beneficio neto

Beneficio neto = facturación sin IVA − gastos deducibles. Los gastos incluyen las compras de material, el alquiler de la oficina o la parte proporcional de la vivienda si teletrabajas, las suscripciones de software, los gastos de desplazamiento, los honorarios de gestoría, los seguros profesionales y las amortizaciones (equipos > 300 €).

El régimen de estimación directa

La mayoría de autónomos están en estimación directa (simplificada o normal según la facturación). En estimación directa simplificada (facturación < 600.000 €), deduces tus gastos reales más una deducción a tanto alzado del 5 % (máx. 2.000 €) para gastos de difícil justificación. Es el régimen más ventajoso para la mayoría de freelances.

La escala progresiva del IRPF 2025

El IRPF se aplica según una escala estatal a la que se suma una escala autonómica (ligeramente distinta según las comunidades autónomas). Para 2025, la escala combinada media es:

  • Hasta 12.450 €: 19 %.
  • 12.450 a 20.200 €: 24 %.
  • 20.200 a 35.200 €: 30 %.
  • 35.200 a 60.000 €: 37 %.
  • 60.000 a 300.000 €: 45 %.
  • Por encima de 300.000 €: 47 %.

Las retenciones de IRPF en facturación

Si facturas a empresas españolas, tus facturas llevan una retención de IRPF (15 % por norma general, 7 % los primeros años). Esa retención la ingresa tu cliente a la Agencia Tributaria vía su propio modelo 111 y cuenta como anticipo de tu IRPF anual. Para el detalle de los tipos y exenciones, mira retenciones de IRPF del 7, 15 y 0 %.

¿Cómo funciona el IVA para los autónomos?

El IVA es un impuesto a gestionar más que a pagar económicamente, pero exige rigor administrativo.

Los tipos de IVA en España

Tres tipos principales: 21 % (tipo general, servicios profesionales, electrónica, ropa), 10 % (tipo reducido, hostelería, transportes, vivienda nueva), 4 % (tipo superreducido, alimentación básica, libros, medicamentos). Para verificar el tipo aplicable a tu actividad, mira verifica qué tipo de IVA se aplica en 2025.

El cálculo del saldo de IVA

Saldo a ingresar = IVA repercutido en tus ventas − IVA soportado en tus compras profesionales. Si el saldo es positivo, ingresas la diferencia a la Agencia Tributaria. Si es negativo (más compras que ventas, por ejemplo al inicio de la actividad), arrastras el crédito al trimestre siguiente o pides una devolución anual.

Las exenciones de IVA

Algunas actividades están exentas de IVA: servicios médicos y paramédicos (salvo estética), enseñanza reglada, servicios financieros y de seguros, alquiler de vivienda residencial. Si tu actividad está exenta, no facturas IVA y no deduces el IVA de tus compras.

El régimen simplificado y los módulos

Algunas actividades pueden optar al régimen simplificado o al régimen de módulos (estimación a tanto alzado) que simplifican las declaraciones. Lo usan principalmente artesanos y algunos comercios de proximidad. Para la mayoría de freelances y consultores, el régimen general es obligatorio.

¿Cuánto cuesta la cuota mensual de Seguridad Social?

La cuota depende de tu rendimiento neto previsto y varía en 12 tramos.

Los tramos de cotización 2024-2025

Desde 2023, la cuota sigue una tabla progresiva:

Rendimiento neto mensualCuota mensual
Hasta 670 €230 €
670 a 900 €230 €
900 a 1.166 €260 €
1.166 a 1.300 €291 €
1.300 a 1.700 €294 €
1.700 a 1.850 €350 €
1.850 a 2.030 €370 €
2.030 a 2.330 €390 €
2.330 a 2.760 €415 €
2.760 a 3.190 €440 €
3.190 a 3.620 €470 €
Por encima de 6.000 €590 €

La Tarifa Plana de 80 €

Los nuevos autónomos (o los que llevan más de 2 años sin estar de alta) se benefician de la Tarifa Plana: 80 €/mes durante los primeros 12 meses. Si tu rendimiento sigue por debajo de 1.166 €/mes, la Tarifa Plana se puede prorrogar 12 meses más. Ahorro total posible: ~2.500-5.000 € en 1 o 2 años.

La regularización anual

El tramo elegido al inicio del año se ajusta en N+1 sobre la base de los rendimientos reales declarados al IRPF. Si has subestimado, la TGSS te factura la diferencia; si has sobreestimado, recuperas un crédito. Eso protege frente a elecciones conservadoras u optimistas mal calibradas.

Lo que la cuota te da

A cambio, accedes a: sanidad pública vía TSI (mira el sistema sanitario español), pensión (calculada sobre tus años de cotización), prestaciones por enfermedad, permisos de maternidad/paternidad (16 semanas al 100 %), y prestaciones por desempleo (desde la mejora reciente del régimen).

¿Qué calendario fiscal hay que respetar como autónomo?

El autónomo tiene un calendario anual estructurado que conviene automatizar o delegar a una gestoría.

Declaraciones trimestrales

Cuatro veces al año, el autónomo presenta:

  • Modelo 303 (IVA repercutido y soportado): antes del día 20 del mes siguiente a cada trimestre (abril, julio, octubre, enero).
  • Modelo 130 (pago fraccionado IRPF): mismas fechas si no estás afectado por las retenciones de tus clientes.
  • Modelo 111 (retenciones de IRPF en facturas de profesionales pagadas): solo si pagas a subcontratistas con retención.
  • Modelo 349 (resumen intracomunitario): si haces operaciones B2B con otros países UE.

Declaraciones anuales

Anualmente presentas:

  • Modelo 100 (declaración de IRPF): entre abril y junio del año anterior. Es la declaración de referencia que consolida todas tus rentas.
  • Modelo 390 (resumen anual de IVA): antes del 30 de enero del año transcurrido.
  • Modelo 190 (resumen anual de retenciones de IRPF): antes del 31 de enero.
  • Modelo 720 (bienes en el extranjero > 50.000 €): antes del 31 de marzo, si procede.

Cuota mensual TGSS

La cuota se domicilia automáticamente por la TGSS en tu cuenta bancaria el último día hábil de cada mes. Comprueba que tu cuenta tiene saldo suficiente para evitar rechazos y sanciones.

Consejo práctico

Anota las fechas en tu calendario al menos 5 días antes. Mejor aún: automatiza vía una gestoría que prepare y envíe tus declaraciones a tiempo. Por 60-150 €/mes, evitas olvidos que pueden costar varios cientos de euros en sanciones.

¿Qué deducciones puede practicar un autónomo?

Las deducciones son la principal optimización para reducir el IRPF.

Gastos directamente vinculados a la actividad

  • Alquiler de la oficina o parte proporcional de la vivienda (según m² afectados a la actividad, normalmente 20-30 %).
  • Suministros (luz, agua, gas, internet) hasta el 30 % de la parte afectada a la actividad.
  • Teléfono y suscripciones profesionales al 100 % si son exclusivamente profesionales.
  • Material y equipos: amortización repartida en 4-10 años según la naturaleza.
  • Software y suscripciones SaaS: deducibles al 100 %.

Gastos de desplazamiento

  • Viajes profesionales: transporte, alojamiento, comidas (con justificantes).
  • Vehículo: deducible solo si es exclusivamente profesional (raro en la práctica). Para uso mixto, deducción posible de los gastos reales con justificación.

Honorarios y servicios

  • Gestoría y contable: 100 % deducible.
  • Abogado, notario, asesor: deducibles si están vinculados a la actividad.
  • Seguros profesionales: deducibles.
  • Formación profesional: deducible.

Cuota de autónomo

Tu cuota mensual ingresada a la TGSS es íntegramente deducible de tu rendimiento de actividad. Es una de las principales deducciones y se aplica automáticamente.

Plan de pensiones individual

Las aportaciones a un plan de pensiones dan derecho a una reducción del impuesto hasta 1.500 € al año (desde la reforma de 2022 que rebajó el límite).

Ejemplo numérico: autónomo en el primer año con Tarifa Plana

Para hacerlo concreto, tomemos un caso tipo.

Perfil y cifras

Un consultor freelance empieza en enero de 2026 con 30.000 € de facturación sin IVA en el año. Tiene 5.000 € de gastos deducibles (material 1.200 €, gestoría 1.500 €, suscripciones 800 €, parte proporcional de la vivienda 1.500 €) y se beneficia de la Tarifa Plana todo el año.

Cálculos

  • Beneficio fiscal: 30.000 € − 5.000 € − 960 € (cuota Tarifa Plana × 12 meses) = 24.040 €.
  • IRPF estimado (con bonificaciones personales): ~4.200 €.
  • Cuota Tarifa Plana: 80 € × 12 = 960 €.
  • IVA: no se cifra aquí (recaudo e ingreso en equilibrio aproximado).
  • Coste social y fiscal total: ~5.160 €, es decir, el 17 % de la facturación.

En el segundo año sin Tarifa Plana

Mismas cifras pero cuota normal (tramo 350 € × 12 = 4.200 €):

  • Coste social y fiscal total: ~8.400 €, es decir, el 28 % de la facturación.

El salto entre el 1.º y el 2.º año es significativo y conviene anticiparlo en la tesorería.

¿Qué trampas hay que evitar como autónomo?

Varios errores se repiten y salen caros.

Subestimar la cuota tras la Tarifa Plana

Muchos nuevos autónomos no provisionan la subida de cuota tras la Tarifa Plana. El paso de 80 € a 350-590 €/mes genera un agujero de tesorería en el año 2. Provisiona ya en el año 1.

Olvidar las retenciones de IRPF en las facturas

Si facturas a empresas españolas, tus facturas deben llevar la retención de IRPF (15 % por norma general, 7 % los primeros años). Sin retención mencionada, el cliente la aplica igualmente pero tu facturación se rechaza por su contabilidad. Para el detalle, mira retenciones de IRPF del 7, 15 y 0 %.

Mal separar cuentas pro y personal

Mantener una cuenta bancaria mixta (pro + personal) complica enormemente la justificación fiscal. Abre una cuenta dedicada a la actividad desde el arranque, es innegociable para una contabilidad limpia.

Olvidar el modelo 349 para operaciones UE

Si facturas a empresas de otros países UE, debes darte de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) y presentar el modelo 349 trimestral. Sin ROI, facturas indebidamente el IVA español y tus clientes UE rechazan las facturas.

No anticipar el paso a SL

Por encima de ~50.000-60.000 € de beneficio anual, pasar a Sociedad Limitada se vuelve fiscalmente ventajoso. Para comparar, mira autónomo vs SL en España y crear una SL.

Confundir estimación directa y módulos

El régimen de módulos es atractivo en el papel pero está reservado a algunas actividades (artesanía, pequeños comercios). Para la mayoría de freelances, la estimación directa es obligatoria. Verifica tu elegibilidad antes de elegir.

Para gestionar bien tu fiscalidad de autónomo

Los impuestos y cotizaciones sociales para autónomos en España forman un conjunto estructurado pero exigente, que pide rigor en el calendario (declaraciones trimestrales + anuales) y finura en las deducciones. Bien gestionado, el estatus de autónomo puede ser muy favorable hasta los 50.000 € de beneficio anual; por encima, el paso a SL suele ser más ventajoso.

La regla práctica: provisiona el 30-35 % de tu facturación sin IVA para cubrir IRPF + cuota + IVA de media, automatiza las declaraciones trimestrales vía una gestoría, aprovecha al máximo la Tarifa Plana el primer año y lleva una contabilidad limpia desde el primer euro facturado. Una mala gestión puede llevar a deudas sociales y fiscales que cuesta años regularizar. Si necesitas refrescar el camino para darte de alta, repasa cómo hacerse autónomo en España.

¿Arrancas como autónomo o quieres estructurar tu fiscalidad para optimizar deducciones? Una gestoría española puede gestionar el calendario completo (303, 130, 100, 390, 190) por 60-150 €/mes, identificar deducciones olvidadas y aconsejarte sobre el umbral de bascula a SL.

Fuentes oficiales

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