Paga más tarde
Pagar después (b2b)
Excelente
Excelente reseña
De la A a la Z una Big Smile!
Nuevo
IVA alquiler vacacional

¿Alquilas tu vivienda en España a turistas?

Agencia Tributaria
Colaborador Social

A partir del 1 de diciembre de 2026 pagas un 10% de IVA por los alquileres de hasta 30 noches al mismo huésped, ya sea a través de Airbnb, Booking.com o directamente. Para ello tienes que darte de alta en la Agencia Tributaria, emitir una factura por cada estancia y presentar cada trimestre la declaración de IVA.

Como Colaborador Social cualificado de la Agencia Tributaria, nos encargamos de todo por ti, completamente online.

Información

¿Tu alquiler está sujeto a IVA?

Depende de cuánto tiempo se queden tus huéspedes y de si vives tú mismo en la vivienda. Aquí al lado tienes las tres situaciones. ¿Tienes dudas? Haz tu pregunta a uno de nuestros expertos.

Preguntas más frecuentes

Aquí al lado encontrarás respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el IVA en el alquiler vacacional. ¿No encuentras tu pregunta? Chatea con nosotros y te ayudaremos lo antes posible.

¿Desde cuándo se aplica el IVA?

Para las estancias a partir del 1 de diciembre de 2026. Así lo establece el Real Decreto-ley 29/2026.

‍

Consejo: ajusta a tiempo los precios de las nuevas reservas para que el IVA esté incluido en tu precio.

‍

¿Ya tienes reservas? Lo que ya se haya pagado a través de la plataforma antes del 1 de diciembre, en principio, todavía no está sujeto a IVA, aunque la estancia sea posterior. Pregúntanos qué significa esto para tus reservas.

‍

El inmueble tiene varios propietarios, ¿y ahora qué?

Si alquiláis la vivienda entre varios, el IVA suele gestionarse mediante un alta conjunta (una comunidad de bienes, con su propio número fiscal). En el caso de un matrimonio, a veces puede ir a nombre de uno de los cónyuges. Averiguamos qué se aplica en vuestro caso y nos encargamos del alta. El coste adicional te lo indicamos de antemano.

¿Qué gastos puedo deducir?

El IVA que pagas por los gastos de tu alquiler, como la limpieza, la gestión, el mantenimiento y las reparaciones, el mobiliario y la comisión de Airbnb o Booking.com.

Para ello necesitas una factura a tu nombre y con tu NIE. Consejo: si planificas el nuevo mobiliario o una reforma después del 1 de diciembre, también podrás deducir ese IVA.

¿Cuánto IVA tengo que pagar?

El 10% del precio del alquiler sin IVA. Así, una estancia de 1.100 € con IVA incluido contiene 100 € de IVA. A eso se le resta el IVA que hayas pagado por tus gastos.

¿Tengo que seguir presentando el Modelo 210?

Sí. El IVA se suma al impuesto sobre la renta. Como no residente, sigues declarando tus ingresos por alquiler, sin IVA, con el Modelo 210. Con “Completo” nos encargamos de ambos.

¿Tengo que emitir una factura por cada estancia?

Sí, por cada estancia emites una factura con un 10% de IVA. No tienes que hacerlo tú: cada trimestre nos envías el resumen de tus reservas y tu registro de huéspedes, y nosotros emitimos las facturas.

Alquilo a través de una agencia, ¿y ahora qué?

Depende de lo acordado con la agencia.

‍

- ¿La agencia alquila la vivienda en tu nombre? Entonces eres tú quien está sujeto al IVA y nosotros nos encargamos de tu alta y tus declaraciones.

- ¿La agencia te alquila la vivienda y la subarrienda ella misma? Entonces la situación es distinta y primero lo revisamos contigo.

- ¿Tienes dudas? Envíanos tu contrato con la agencia o haz tu pregunta a uno de nuestros expertos.

También alquilo por periodos más largos, ¿y ahora qué?

Las estancias de más de 30 noches al mismo inquilino siguen exentas de IVA. Solo tus estancias cortas están sujetas a IVA. En tu declaración separamos ambas.

¿Qué datos necesitamos?

Al darte de alta, necesitamos los siguientes datos:

  • Tu NIE o NIF
  • La referencia catastral
  • El número de tu licencia turística, si la tienes
  • La dirección de la vivienda
  • Tu número de cuenta IBAN

Además, cada trimestre necesitamos:

  • Una exportación de tus reservas y de tu registro de huéspedes (los datos que ya comunicas a SES.Hospedajes)
  • Facturas de tus gastos, a tu nombre y con tu NIE
  • Reservas fuera de las plataformas, con fecha e importe

Tu sonrisa es lo primero

No es sin razón que cientos de personas te precedieron. Lee sus experiencias y descubre por qué tanta gente elige Gestoraz. Somos como mejor valoradas ¡en la categoría de Servicios legales de Trustpilot!

Destacado en 

Logotipo de Expatica
IVA
Alquiler vacacional
€399
Tarifa anual, cancelable en cualquier momento sin compromiso. IVA incluido.
Para propietarios que alquilan su vivienda por un máximo de 30 noches.
Completamente digital y seguro.
Alta en el IVA en la Agencia Tributaria (modelo 036).
Cada trimestre, tu declaración de IVA (modelo 303) y las facturas para tus huéspedes.
IVA + Modelo 210
Completo
€699
Tarifa anual, cancelable en cualquier momento sin compromiso. IVA incluido.
Para no residentes que alquilan su vivienda por un máximo de 30 noches.
Completamente digital y seguro.
Todo lo incluido en IVA Alquiler vacacional: alta, declaraciones trimestrales y facturas.
Preparación y presentación del Modelo 210 para la titularidad de tu vivienda ante la Agencia Tributaria.
Preparación y presentación del Modelo 210 para tus ingresos por alquiler ante la Agencia Tributaria.
Asesoría
¿Tienes dudas?
€44
IVA incluido.
Para situaciones especiales, como el alquiler a través de una empresa o una agencia.
Completamente digital y seguro.
Una sola vez.
Respuesta de un experto de verdad, no de una IA.

*Precios por vivienda, para un máximo de 60 estancias al año. ¿Más viviendas o estancias, copropietarios o resides fuera de la UE? Contáctanos y te diremos el precio de antemano.

Colaboración

Colaborador Social A.E.A.T.

Gestoraz es por convenio Colaborador Social con la Agencia Tributaria.

Como resultado, estamos legalmente autorizados para presentar declaraciones de impuestos en su nombre y usted, el cliente, recibe información precisa, fiable y actualizada de nosotros.

Camerfirma Logo
Chatea con nosotros